Incentivos fiscales para inversión inmobiliaria
El art. 706 del Código Fiscal establece incentivos fiscales específicos para inversión inmobiliaria de escala relevante. Ayudamos a estructurar la inversión para calificar y aplicar los beneficios.
- Los incentivos NO aplican automáticamente — requieren estructuración previa a la inversión.
- Cada tipo de desarrollo (residencial, comercial, industrial, turístico) tiene reglas específicas.
- La calificación se pierde si el uso del inmueble cambia dentro del plazo de compromiso.
Es para usted si...
- Inversionista inmobiliario en desarrollos autorizados
- Empresa constructora con proyectos calificables
- Grupos con inversión superior al umbral del art. 706
Requisitos
- Escritura de la inversión inmobiliaria
- Planos y permisos de construcción
- Estados financieros del inversionista
- Cronograma de inversión
Plazos
- Trámite
- Según complejidad del caso — se estima en la propuesta
Costos y honorarios
Honorarios profesionales
Los honorarios se cotizan según complejidad. Le enviamos propuesta escrita con precio cerrado. Aplicamos el Acuerdo CNA 609-A/2021.
Determinados según el Acuerdo CNA 609-A/2021 del Colegio Nacional de Abogados. Le enviamos propuesta escrita con precio cerrado antes de iniciar el trámite.
Base legal
Decreto principal: Código Fiscal, art. 706 + Decreto Ejecutivo 199 de 2014
- Código Fiscal, art. 706 + Decreto Ejecutivo 199 de 2014
Notas de la Firma Ver comentarios según nuestra experiencia
Los incentivos del art. 706 CF son una herramienta poderosa de planificación fiscal en inversión inmobiliaria panameña. La estructura correcta hace la diferencia entre calificar o no.
Servicios DTR
Analizamos su caso concreto, estructuramos la solicitud o defensa, y le acompañamos ante la DGI, TAT y demás autoridades tributarias hasta cerrar el asunto.