AEOI / FATCA / CRS (intercambio automático)
Panamá adhirió a los estándares internacionales de intercambio automático de información financiera (AEOI): FATCA (Foreign Account Tax Compliance Act, EE.UU. - Ley 47/2016) y CRS (Common Reporting Standard, OCDE - Ley 51/2016). Instituciones financieras y algunas sociedades deben identificar titulares con residencia fiscal en país reportante, aplicar debida diligencia y reportar cuentas a DGI que las transmite a las autoridades extranjeras. Impacta bancos, financieras, aseguradoras y sociedades de inversión.
- Instituciones Financieras Reportantes: OBLIGATORIO identificar titulares y reportar.
- Incumplimiento: multas de hasta B/. 100,000 por cada violación.
- Ausencia de autodeclaración de cliente: no lo exime del reporte — se reporta como 'no documentado'.
- Panamá reporta a ~100 jurisdicciones bajo CRS + a EE.UU. bajo FATCA.
- Nueva actualización periódica de listado de jurisdicciones reportables.
- Cliente que descubre reporte a su país de residencia: puede requerir defensa fiscal internacional.
Es para usted si...
- Banco, cooperativa financiera o EMI con obligación de reportar.
- Aseguradora con productos de inversión reportables.
- Sociedad de inversión con titulares residentes fiscales en países CRS/FATCA.
- Sociedad panameña con socios extranjeros residentes fiscales fuera.
Requisitos
- Identificación como Institución Financiera Reportante (IFR) o No Reportante.
- Sistema de debida diligencia (autodeclaración clientes).
- Formularios de autodeclaración de residencia fiscal (W-8, W-9, CRS).
- Sistema de reporte a DGI.
- Póliza de confidencialidad y ciberseguridad.
Plazos
- Trámite
- Reporte anual: usualmente en junio-julio a DGI. Fiscalización DGI: variable.
Costos y honorarios
Honorarios profesionales
Los honorarios se cotizan según volumen de reporte. Aplicamos el Acuerdo CNA 609-A/2021. Retainer para instituciones financieras con reporte continuo.
Determinados según el Acuerdo CNA 609-A/2021 del Colegio Nacional de Abogados. Le enviamos propuesta escrita con precio cerrado antes de iniciar el trámite.
Base legal
Decreto principal: Ley 47 de 2016 (FATCA) + Ley 51 de 2016 (CRS) + Decreto Ejecutivo reglamentario + estándares OCDE.
- Ley 47 de 24 de octubre de 2016 (FATCA).
- Ley 51 de 27 de octubre de 2016 (CRS).
- Decreto Ejecutivo reglamentario de ambas leyes.
- Estándar OCDE de Reporte Común (CRS) y directrices.
- Acuerdo Intergubernamental Panamá-EE.UU. Modelo 1.
Notas de la Firma Ver comentarios según nuestra experiencia
FATCA/CRS son de las obligaciones fiscales internacionales más complejas y menos comprendidas. Instituciones financieras panameñas requieren cumplimiento continuo — no es cuestión de "una sola vez".
Servicios DTR
Estructuramos programa de cumplimiento AEOI, capacitamos áreas KYC, diseñamos formularios de autodeclaración, coordinamos reporte anual a DGI y defendemos en fiscalización.