Registros sanitarios

Registro sanitario de alimentos

Todo alimento envasado que se importe, fabrique o comercialice en Panamá requiere Registro Sanitario emitido por el Departamento de Protección de Alimentos del MINSA. El régimen se rige por el Código Sanitario (Ley 66/1947), Reglamento Técnico DGNTI-COPANIT aplicable y el DE 176/2019 para actividades del Art. 5 (Cat. A) y Art. 6 (Cat. B). Comprende análisis de laboratorio, etiquetado conforme, ficha técnica, país de origen y responsable sanitario. Sin Registro Sanitario: prohibición de comercialización + decomiso + multas MINSA/ACODECO.

Decreto principal Código Sanitario (Ley 66 de 1947) + Ley 45/2007 (ACODECO) + DE 176/2019 (Cat. A Art. 5 y Cat. B Art. 6 — Protección de Alimentos) + Reglamentos Técnicos DGNTI-COPANIT.
Categoría sanitaria Registros sanitarios — Alimentos
Plazo del trámite 3-6 meses en trámite estándar; menos con expediente completo desde el inicio.
Antes de continuar, tenga en cuenta:
  • Sin Registro Sanitario: prohibición de comercialización + decomiso + multas MINSA y ACODECO (Ley 45/2007).
  • Etiquetado engañoso o incompleto: sanciones ACODECO específicas + retiro del mercado.
  • Modificaciones de fórmula, marca, presentación o país de origen: requieren modificación del registro.
  • Planta de producción con actividad del Art. 5 DE 176 (Cat. A): requiere Permiso Sanitario propio con vigencia 2 años (Art. 24) y renovación con 60 días de antelación (Art. 23).
  • Alérgenos: declaración obligatoria conforme a Reglamento Técnico.
  • Alimentos con declaraciones de propiedades saludables: revisión adicional MINSA + ACODECO.

Es para usted si...

  • Importador de alimentos envasados.
  • Fabricante nacional de alimentos procesados.
  • Distribuidor mayorista o cadena de retail.
  • Empresa HORECA con producción propia.
  • Startup de alimentos funcionales, orgánicos o novel foods.

Requisitos

  • Aviso de Operación.
  • Certificación del Registro Público.
  • Ficha técnica del producto (composición, ingredientes, aditivos).
  • Etiqueta conforme a Reglamento Técnico aplicable.
  • Análisis físico-químico y microbiológico de laboratorio acreditado.
  • Certificado de Libre Venta (país de origen, para importados).
  • Certificado sanitario del país de origen (para importados).
  • Responsable sanitario designado.
  • Permiso Sanitario de Operación de la planta si aplica Cat. A/B (Arts. 5-6 DE 176).

Plazos

Trámite
3-6 meses en trámite estándar; menos con expediente completo desde el inicio.
Vigencia
5 años típicamente para el registro sanitario del producto (verificar con norma técnica específica).
Renovación
Solicitar antes del vencimiento.

Costos y honorarios

Honorarios profesionales

Los honorarios se cotizan según cantidad de referencias. Aplicamos el Acuerdo CNA 609-A/2021. Retainer disponible para catálogos amplios.

Determinados según el Acuerdo CNA 609-A/2021 del Colegio Nacional de Abogados. Le enviamos propuesta escrita con precio cerrado antes de iniciar el trámite.

Base legal

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Servicios DTR

Preparamos expediente técnico y jurídico, coordinamos con laboratorio acreditado para análisis, tramitamos ante Protección de Alimentos MINSA, monitoreamos vencimiento y renovación. Para plantas de producción con Cat. A/B, ver también proceso "Permiso Sanitario MINSA" en Ambiental — Gestión de residuos.

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