Contencioso Administrativo (Sala III CSJ)

Reparación directa por responsabilidad del Estado

La reparación directa reclama al Estado indemnización por daños causados por: (1) hecho u omisión de servidor público en ejercicio de funciones; (2) falla del servicio público; (3) daño anormal por actos administrativos legales. NO requiere impugnar acto administrativo previo — se demanda directamente al Estado por el daño. Base constitucional en la responsabilidad patrimonial del Estado.

Decreto principal Ley 135 de 1943 + Constitución Política Art. 17 (responsabilidad del Estado).
Categoría procesal Contencioso Administrativo — Reparación directa
Plazo del trámite Sala III: 24-36 meses típicos. Prescripción: 2 años desde el daño.
Antes de continuar, tenga en cuenta:
  • Prescripción de 2 años desde el conocimiento del daño.
  • Responsabilidad objetiva del Estado: por falla del servicio; no requiere culpa del servidor.
  • Daño anormal por acto legal: cuando la carga es especial y desproporcionada.
  • Puede combinarse con acción contra servidor público personalmente (repetición).
  • Indemnización: incluye daño emergente + lucro cesante + moral cuando aplica.

Es para usted si...

  • Víctima de daño por servidor público (accidente con vehículo oficial, actuación policial excesiva).
  • Familia de fallecido por falla de servicio público (hospital, escuela, transporte).
  • Empresa con daño por actuación administrativa ilegal.
  • Ciudadano lesionado por infraestructura pública deficiente (bache, alumbrado, puente).

Requisitos para persona natural

  • Cédula.
  • Prueba del daño (facturas, dictámenes médicos, informes técnicos).
  • Prueba del hecho generador (declaraciones, videos, fotos).
  • Cuantificación del daño.

Requisitos para empresa

  • Certificación del Registro Público.
  • Documentación del daño empresarial.

Plazos

Trámite
Sala III: 24-36 meses típicos. Prescripción: 2 años desde el daño.

Costos y honorarios

Honorarios profesionales

Los honorarios se cotizan según daño. Aplicamos el Acuerdo CNA 609-A/2021. Cuota litis considerada.

Determinados según el Acuerdo CNA 609-A/2021 del Colegio Nacional de Abogados. Le enviamos propuesta escrita con precio cerrado antes de iniciar el trámite.

Base legal

Notas de la Firma Ver comentarios según nuestra experiencia

La responsabilidad del Estado es principio constitucional. Los ciudadanos y empresas afectados por actuación estatal (o falta de ella) tienen derecho a reparación, aunque el proceso es largo. La prueba del daño y del nexo causal es la clave.

Servicios DTR

Documentamos daño, coordinamos peritajes, redactamos demanda ante Sala III, y llevamos hasta sentencia con ejecución de indemnización.

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