Querellas empresariales

Querella por apropiación indebida (art. 227 CP)

La apropiación indebida (art. 227 CP) se configura cuando alguien que tenía posesión legítima de bienes o fondos (empleado, gerente, mandatario) se apropia de ellos. Es común en desfalcos corporativos.

Decreto principal Código Penal, art. 227
Categoría penal Querellas — Apropiación indebida (art. 227 CP)
Plazo del trámite Según fase procesal y complejidad — se estima en la propuesta escrita
Antes de continuar, tenga en cuenta:
  • La agravada por monto > B/. 100,000 tiene pena 4-8 años.
  • La reparación puede ser considerada al momento de la pena.
  • Requiere prueba clara del dolo apropiativo.

Es para usted si...

  • Empresa víctima de desfalco por empleado o mandatario
  • Casos con posesión legítima previa y apropiación
  • Situaciones donde funcionario o directivo se apropió de fondos

Requisitos

  • Documentación de la posesión legítima
  • Prueba de la apropiación
  • Cuantificación del monto apropiado
  • Documentos contables

Plazos

Trámite
Según fase procesal y complejidad — se estima en la propuesta escrita

Costos y honorarios

Honorarios profesionales

Los honorarios se cotizan según la fase procesal (investigación, intermedia, juicio, ejecución) y complejidad del caso. Le enviamos propuesta escrita con precio cerrado antes de iniciar. Aplicamos el Acuerdo CNA 609-A/2021.

Determinados según el Acuerdo CNA 609-A/2021 del Colegio Nacional de Abogados. Le enviamos propuesta escrita con precio cerrado antes de iniciar el trámite.

Base legal

Notas de la Firma Ver comentarios según nuestra experiencia

La apropiación indebida es figura típica de desfalcos corporativos. Su estructura (posesión legítima previa + apropiación + dolo) permite acción penal contra ejecutivos infieles.

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