Visas de residente

Visa de confianza

Visa de residente temporal para personal de confianza, ejecutivos, expertos y técnicos especializados de empresas panameñas que surten efectos en el exterior. Marco regulatorio específico del régimen de empresa con efectos en el exterior.

Decreto principal Decreto Ejecutivo 17 de 11 de mayo de 1999, artículo 11 (régimen de empresa con efectos en el exterior)
Categoría migratoria Residente temporal — trabajador de confianza con efectos en el exterior
Plazo del trámite 15 a 30 días hábiles ante el SNM
Antes de continuar, tenga en cuenta:
  • La empresa DEBE surtir efectos en el exterior. Empresa que opera solo en mercado local no califica para esta visa; debe usar el régimen general de visa profesional.
  • Esta visa es exclusiva para personal de confianza, ejecutivos, expertos y técnicos. NO aplica a personal administrativo u operativo regular.
  • La carta de responsabilidad empresarial debe especificar el cargo, funciones y la acreditación de que la empresa surte efectos en el exterior.
  • El solicitante NO requiere demostrar experiencia técnica con título profesional apostillado; basta la carta de la empresa que acredita el puesto.

Es para usted si...

  • Ejecutivo o personal de confianza en empresa panameña que opera con efectos en el exterior
  • Director o gerente regional asignado a subsidiaria panameña
  • Técnico especializado con funciones ejecutivas en empresa exportadora de servicios

Requisitos para persona natural

  • Poder notariado y solicitud
  • 3 fotografías tamaño carné
  • Pasaporte cotejado (original + copia)
  • Certificado de Antecedentes Penales
  • Certificado de Salud
  • Declaración Jurada de Antecedentes Personales
  • Carta de responsabilidad de la empresa

Requisitos para empresa

  • Empresa debe estar registrada formalmente en Panamá
  • Demostrar que surte efectos en el exterior (exportación de servicios, operaciones internacionales)
  • Certificación de la empresa sobre el cargo y funciones del solicitante

Plazos

Trámite
15 a 30 días hábiles ante el SNM
Vigencia
Hasta 6 años, prorrogables anualmente mientras se mantenga la condición
Renovación
Anual, con demostración de mantenimiento del vínculo laboral con la empresa

Costos y honorarios

Costos directos oficiales

Tasa SNM B/.250 + tasa MITRADEL B/.300 cuando aplique.

Honorarios profesionales

Honorarios profesionales según el Acuerdo CNA 609-A/2021. Cotizamos según volumen de ejecutivos y complejidad de la documentación empresarial.

Determinados según el Acuerdo CNA 609-A/2021 del Colegio Nacional de Abogados. Le enviamos propuesta escrita con precio cerrado antes de iniciar el trámite.

Base legal

Notas de la Firma Ver comentarios según nuestra experiencia

La visa de confianza con efectos en el exterior es una

categoría específica del régimen migratorio panameño. En DTR

Abogados la tramitamos para:

  1. **Empresas panameñas de servicios con clientes en el

exterior** — centros de operaciones regionales, empresas de

logística, servicios financieros con presencia

internacional.

  1. Filiales de multinacionales con sede regional en Panamá

— ejecutivos asignados para dirigir operaciones regionales

desde Panamá.

  1. **Empresas de tecnología y consultoría con clientes

globales** — consultores y expertos asignados a proyectos

internacionales.

Casos donde esta visa NO es la vía correcta: si la

empresa solo opera en Panamá, la vía correcta es la visa

profesional con permiso MITRADEL. Si el ejecutivo viene a

Panamá a ocupar un cargo permanente en empresa local, también

aplica visa profesional.

Cuéntenos su caso

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