Visas de corta estancia

Visa múltiple no residente

Visa de múltiples entradas al país para extranjeros con actividad económica comprobada que necesitan viajar a Panamá de forma recurrente por negocios, comercio o inversiones.

Decreto principal Decreto Ejecutivo 320 de 2008, artículo 263 (régimen de visas múltiples)
Categoría migratoria No residente — múltiples entradas
Plazo del trámite 15 a 30 días hábiles ante el SNM
Antes de continuar, tenga en cuenta:
  • La visa múltiple NO equivale a residencia. El titular NO puede domiciliarse en Panamá ni ejercer actividad remunerada de forma permanente.
  • La duración específica de la visa múltiple depende del perfil del solicitante. Comerciantes con operación consolidada pueden acceder a plazos mayores.
  • Si el solicitante es invitado por empresa panameña, la carta de invitación debe cumplir requisitos formales: firma del representante legal, identificación del firmante, vigencia del Registro Público.
  • El pasaporte debe estar notariado conforme al Art. 243 del DE 320/2008 (notaría panameña o consular). Pasaporte sin notarizar no es válido para este trámite.

Es para usted si...

  • Comerciante o empresario extranjero con actividad económica en Panamá
  • Inversionista extranjero con operaciones recurrentes en el país
  • Persona invitada formalmente por empresa panameña para visitas periódicas

Requisitos para persona natural

  • Solicitud personal o por apoderado legal
  • Pasaporte vigente notariado conforme al Art. 243 del DE 320/2008 + copia
  • Carné de migración (si ya tuvo residencia previa en Panamá)
  • Prueba de solvencia económica
  • Acreditar condición de comerciante, empresario o justificación de la necesidad de múltiples entradas

Requisitos para empresa

  • Si es invitado por empresa: carta de invitación firmada por gerente o representante legal
  • Copia de cédula del firmante de la carta
  • Certificado de Registro Público de la empresa (vigencia no mayor a 3 meses)

Plazos

Trámite
15 a 30 días hábiles ante el SNM
Vigencia
Múltiples entradas; duración específica según categoría del solicitante (1 a 5 años según perfil)
Renovación
Renovable al vencimiento, previa verificación de mantenimiento de la condición que justificó la visa múltiple.

Costos y honorarios

Costos directos oficiales

Tasa SNM variable según duración de la visa múltiple solicitada (B/.250 a B/.1,000 según categoría).

Honorarios profesionales

Honorarios profesionales según el Acuerdo CNA 609-A/2021. Cotizamos según complejidad del perfil y duración solicitada.

Determinados según el Acuerdo CNA 609-A/2021 del Colegio Nacional de Abogados. Le enviamos propuesta escrita con precio cerrado antes de iniciar el trámite.

Base legal

Notas de la Firma Ver comentarios según nuestra experiencia

La visa múltiple es una herramienta útil para el extranjero con

negocios recurrentes en Panamá que no necesita domiciliarse aquí.

En DTR Abogados la tramitamos para clientes como:

  1. **Accionistas de empresas panameñas con negocios en el

extranjero** — necesitan venir periódicamente para juntas,

firma de documentos, supervisión de operaciones.

  1. **Comerciantes internacionales con clientes o proveedores en

Panamá** — viajes de negocios recurrentes sin establecimiento

permanente.

  1. Profesionales independientes con clientes panameños

consultores, auditores, asesores que vienen varias veces al

año.

Casos donde la visa múltiple NO es la vía correcta: si el

cliente pretende domiciliarse en Panamá, trabajar permanentemente

o invertir con ánimo de residencia, debe solicitar la visa de

residente (rentista, inversionista, jubilado, profesional). La

visa múltiple tiene restricciones operativas que pueden

limitar sus actividades si se usa como sustituto de la

residencia.

Cuéntenos su caso

Le decimos qué necesita, cuánto tarda y cuánto cuesta antes de arrancar. Respuesta en menos de 24 horas hábiles.

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