Extensión y cambio de categoría migratoria
Permite al visitante con visa de turista extender su estadía hasta 60 días adicionales mientras completa los requisitos para el cambio a categoría de residente temporal o permanente.
- CRÍTICO: si la visa de turista vence sin haber solicitado esta extensión, el extranjero queda en estatus irregular. No se permite presentar la extensión después del vencimiento para este tipo de cambio.
- Recomendable aperturar el expediente de cambio de categoría ANTES del ingreso a Panamá. El visitante que llega con la documentación ya en orden puede solicitar la extensión con cambio de categoría al día 80 y evitar interrupciones.
- Los 60 días de extensión NO son un permiso de trabajo. El solicitante NO puede ejercer actividad remunerada durante la extensión a menos que ya cuente con permiso MITRADEL aprobado.
- El cambio de categoría debe estar en curso al momento de solicitar la extensión. No se concede si el solicitante aún no ha presentado el expediente principal.
Es para usted si...
- Turista que inició o va a iniciar trámite de residencia temporal o permanente
- Visitante con oferta laboral formal pendiente de aprobación de permiso MITRADEL
- Extranjero casado con panameño en proceso de inscripción del matrimonio
Requisitos para persona natural
- Solicitud formal con documentos de prueba
- Pago de tasa B/.250.00 al SNM
- Documentación del trámite de cambio de categoría en curso
- Pasaporte vigente
Requisitos para empresa
- Si el cambio de categoría es por trabajo: carta de oferta laboral + documentos corporativos
- Si es por inversión: certificación de inversión
- Si es por matrimonio: acta de matrimonio civil panameño
Plazos
- Trámite
- Solicitar con 10 días hábiles de anticipación al vencimiento de la visa de turista
- Vigencia
- Hasta 60 días, contados desde el vencimiento original, mientras completa el trámite de cambio de categoría
- Renovación
- No es renovable. Vencidos los 60 días sin completar el trámite, queda en estatus irregular.
Costos y honorarios
Costos directos oficiales
Tasa SNM B/.250.00 por la extensión + tasas del trámite de residencia correspondiente (variable según categoría).
Honorarios profesionales
Honorarios profesionales según el Acuerdo CNA 609-A/2021. El costo legal incluye la solicitud de extensión + el inicio del trámite de residencia.
Determinados según el Acuerdo CNA 609-A/2021 del Colegio Nacional de Abogados. Le enviamos propuesta escrita con precio cerrado antes de iniciar el trámite.
Base legal
Decreto principal: Decreto Ejecutivo 320 de 2008, artículos 23 y 24 (modificado por Decreto 26/2009)
- Decreto Ley 3 de 22 de febrero de 2008, régimen migratorio de Panamá
- Decreto Ejecutivo 320 de 2008, reglamento del régimen migratorio
- Decreto Ejecutivo 26 de 2009, modificación al régimen de cambios de categoría
- Decreto Ejecutivo 320 de 2008, artículo 28 (calendario de permanencia)
Notas de la Firma Ver comentarios según nuestra experiencia
La extensión con cambio de categoría es la herramienta clave
para el visitante que llega a Panamá como turista pero cuya
intención real es residir. En DTR Abogados la recomendamos
insistentemente a clientes que:
- Vienen a Panamá a casarse — el matrimonio civil panameño
puede tomar varias semanas en inscripción. La extensión
mantiene al visitante en estatus regular mientras tanto.
- **Reciben oferta laboral y necesitan tiempo para el permiso
MITRADEL** — el permiso profesional toma 4 a 6 meses; la
extensión evita que el trabajador quede irregular mientras
MITRADEL tramita.
- **Compran propiedad para inversión y tramitan residencia por
inversión inmobiliaria** — la inversión puede formalizarse
durante la extensión mientras se completa el expediente de
residencia.
Caso típico donde esta extensión NO es la vía correcta: si
el visitante aún no tiene claro qué categoría solicitar, es
preferible esperar fuera de Panamá y regresar con la visa
correcta, en lugar de acumular extensiones que pueden generar
rechazo en el futuro.