Residente permanente

Residencia permanente como inversionista calificado

Residencia permanente por inversión calificada. Monto mínimo B/.300,000 (reducido de B/.500K original). Mantenimiento obligatorio 5 años. Ventanilla especial con resolución en 30 días hábiles.

Decreto principal Decreto Ejecutivo 722 de 15 de octubre de 2020 (Gaceta Oficial 29136) + Decreto Ejecutivo 193 de 2024 (modifica régimen de Inversionista Calificado)
Categoría migratoria Residente permanente por razones económicas — inversionista calificado
Plazo del trámite Resolución en 30 días hábiles por Ventanilla Especial
Antes de continuar, tenga en cuenta:
  • Inversión mínima B/.300,000.00 (definitivo tras DE 193/2024). Fuente EXTRANJERA obligatoria.
  • Mantenimiento obligatorio 5 años. Venta o disposición antes = cancelación del permiso.
  • La inversión inmobiliaria debe estar LIBRE DE GRAVÁMENES. Propiedades hipotecadas no califican.
  • El Art. 3A del DE 193/2024 prohíbe cesión de derechos en promesa de compraventa.
  • Certificación MICI es OBLIGATORIA. Sin esta certificación, solicitud rechazada.

Es para usted si...

  • Inversionista con propiedad inmobiliaria de B/.300K o más libre de gravámenes
  • Accionista de empresa panameña con inversión de B/.300K o más
  • Beneficiario final de inversión a través de persona jurídica

Requisitos para persona natural

  • Pasaporte vigente
  • Certificación MICI de la inversión
  • Documentación que acredite fuente de fondos extranjera
  • Antecedentes penales
  • Certificado de salud
  • Declaración Jurada de Antecedentes Personales

Requisitos para empresa

  • Si inversión es a través de persona jurídica: certificado de Registro Público
  • Certificación CPA de la inversión

Plazos

Trámite
Resolución en 30 días hábiles por Ventanilla Especial
Vigencia
Residencia permanente (sin caducidad mientras se mantenga la inversión)
Renovación
Mantenimiento obligatorio de la inversión por 5 años. Si cesa antes, se puede cancelar el permiso.

Costos y honorarios

Costos directos oficiales

Tasa MITRADEL/ Tesoro + B/.5,000 SNM (Art. 4 DE 193/2024) + B/.1,000 por dependiente. Total primera solicitud: B/.5,000 Tesoro + B/.5,000 SNM + B/.1,000 por dependiente.

Honorarios profesionales

Honorarios profesionales según el Acuerdo CNA 609-A/2021. Cotizamos según tipo de inversión y complejidad.

Determinados según el Acuerdo CNA 609-A/2021 del Colegio Nacional de Abogados. Le enviamos propuesta escrita con precio cerrado antes de iniciar el trámite.

Base legal

Notas de la Firma Ver comentarios según nuestra experiencia

La residencia permanente como inversionista calificado es la

vía preferida para extranjeros con patrimonio suficiente. En

DTR Abogados la tramitamos para:

  1. Inversionistas inmobiliarios — compra de propiedad

≥USD 300K, libre de gravámenes, con certificación MICI.

  1. Accionistas de empresas panameñas — inversión

accionaria ≥USD 300K con estructura de beneficiario

final documentada.

  1. Inversionistas en sectores estratégicos — turismo,

agroindustria, tecnología, con requisitos específicos

por actividad.

Casos donde esta vía NO es la correcta: si el cliente

tiene inversión menor a USD 300K, evaluamos opciones de

rentista permanente (USD 1,000/mes) o jubilado permanente

(pensión del exterior).

Cuéntenos su caso

Le decimos qué necesita, cuánto tarda y cuánto cuesta antes de arrancar. Respuesta en menos de 24 horas hábiles.

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