Programa de Retorno Voluntario (SNMT)
Procedimiento ordenado para que extranjeros en situación irregular salgan voluntariamente de Panamá. Impedimento de entrada 2-5 años. Vinculados con panameños solo reciben alerta interna.
- Impedimento de entrada de 2 a 5 años al país (general).
- EXCEPCIÓN: casado con panameño(a) o con hijos panameños → solo alerta interna, no impedimento.
- Verificar visa de tránsito para países de tránsito (ej: Tica Bus).
- Si hay solicitud ONPAR pendiente, aportar Resolución con sello de notificado antes de retornar.
- Es una salida ORDENADA — evita deportación forzada con peores consecuencias.
Es para usted si...
- Extranjero en situación irregular que desea salir voluntariamente de Panamá
- Persona que evita deportación forzada mediante retorno ordenado
- Solicitante de refugio que desiste del proceso
Requisitos
- Carta dirigida al Director General del SNM
- Pasaporte original + copia de generales y último sello de entrada
- RUEX vigente (registro B/.5 + 2 fotos si no lo tiene)
- Pasaje confirmado a 5-7 días hábiles
- Si tiene vínculos con Panamá: certificado de matrimonio o nacimiento con timbres
Plazos
- Trámite
- 5 a 7 días hábiles para el proceso
- Vigencia
- Proceso de salida del país
- Renovación
- No aplica (es un proceso de salida).
Costos y honorarios
Costos directos oficiales
RUEX B/.5 (si no lo tiene) + 2 fotos.
Honorarios profesionales
Honorarios profesionales según el Acuerdo CNA 609-A/2021. Cotizamos según complejidad.
Determinados según el Acuerdo CNA 609-A/2021 del Colegio Nacional de Abogados. Le enviamos propuesta escrita con precio cerrado antes de iniciar el trámite.
Base legal
Decreto principal: Decreto Ley 3 de 22 de febrero de 2008, artículo 84 (retorno voluntario)
- Decreto Ley 3 de 22 de febrero de 2008, artículo 84
- Decreto Ejecutivo 26 de 2009
- Decreto Ejecutivo 320 de 2008
Notas de la Firma Ver comentarios según nuestra experiencia
El retorno voluntario es la mejor opción para extranjeros
en situación irregular. En DTR Abogados intervenimos
cuando:
- Personas con situación irregular prolongada —
que prefieren una salida ordenada.
- Solicitantes de refugio que desisten — y
necesitan documentación para salir.
- Casos con vínculos familiares panameños —
donde aplica la excepción de alerta interna en lugar
de impedimento.
Casos donde esta vía NO es la correcta: si el
extranjero califica para PPSH u otra regularización, es
preferible regularizar estatus en lugar de salir del
país.