Recurso de hecho
El recurso de hecho procede cuando la autoridad de primera instancia niega indebidamente la admisión de la apelación o rechaza recibirla. Se presenta directamente ante el superior jerárquico.
- El recurso de hecho es procesal — no discute el fondo, sino el error de la autoridad al no admitir la apelación.
- Requiere fundamento técnico específico.
- Su éxito reabre la vía de apelación normal.
Es para usted si...
- Casos donde el SNM deniega admisión de apelación
- Situaciones con rechazo formal indebido
- Bloqueo procesal en la vía gubernativa
Requisitos
- Resolución que niega admisión de apelación
- Constancia del intento de apelar
- Fundamento de la procedencia de la apelación original
Plazos
- Trámite
- Plazos legales estrictos según el recurso — le indicamos en la consulta inicial
Costos y honorarios
Honorarios profesionales
Los honorarios se cotizan según urgencia y complejidad del recurso. Le enviamos propuesta escrita con precio cerrado antes de iniciar. Aplicamos el Acuerdo CNA 609-A/2021.
Determinados según el Acuerdo CNA 609-A/2021 del Colegio Nacional de Abogados. Le enviamos propuesta escrita con precio cerrado antes de iniciar el trámite.
Base legal
Decreto principal: Ley 38 de 2000 + jurisprudencia administrativa
- Ley 38 de 2000 + jurisprudencia administrativa
Notas de la Firma Ver comentarios según nuestra experiencia
El recurso de hecho desatasca situaciones donde la administración bloquea indebidamente el acceso al superior. Es una herramienta técnica pero crítica.
Servicios DTR
Analizamos su caso, verificamos plazos, preparamos el recurso con la técnica requerida y acompañamos hasta la resolución.