Permisos de trabajo (MITRADEL)

Permiso bajo contrato con el gobierno

Permiso de trabajo para extranjeros en empresas CONTRATISTAS del Estado (no funcionarios directos). Distinto del residente temporal por contrato con gobierno (este es para funcionarios directos).

Decreto principal Decreto Ejecutivo 320 de 2008, artículos 71-75 (personal de empresas con contrato del Estado)
Categoría migratoria Permiso de trabajo — empresa con contrato del Estado
Plazo del trámite 2 a 4 meses ante el MITRADEL
Antes de continuar, tenga en cuenta:
  • Esta categoría es para EMPRESAS contratistas del Estado, NO para funcionarios directos. Para funcionarios directos, ver slug residencia-contrato-gobierno.
  • El contrato con el Estado debe estar vigente y documentado (Gaceta Oficial o refrendo Contraloría).
  • El permiso de trabajo del trabajador está supeditado a la vigencia del contrato de la empresa.
  • Si la empresa pierde el contrato con el Estado, el trabajador debe cambiar de categoría o salir del país.

Es para usted si...

  • Personal de empresa contratista del Estado panameño
  • Consultor o técnico extranjero asignado a proyecto estatal
  • Empleado de empresa con contrato de servicios con gobierno

Requisitos para persona natural

  • Pasaporte vigente
  • Título profesional (cuando aplique)
  • Antecedentes penales apostillados
  • Certificado médico panameño
  • Carta de responsabilidad de la empresa

Requisitos para empresa

  • Empresa debe tener CONTRATO vigente con el Estado
  • Aviso de operación de la empresa
  • Permiso de trabajo vigente
  • Certificación del contrato estatal

Documentos que necesita

  • Contrato con el Estado (referendo o Gaceta Oficial)

Plazos

Trámite
2 a 4 meses ante el MITRADEL
Vigencia
Alineado al contrato estatal
Renovación
Renovable mientras se mantenga el contrato con el Estado.

Costos y honorarios

Costos directos oficiales

Tasa MITRADEL $250.00 primera vez o renovacion + $30.00 duplicados (TIPO 4D Politicas Especiales Economicas). Si es funcionario diplomatico acreditado, MITRADEL no cobra permiso (gestion de Cancilleria).

Honorarios profesionales

Honorarios profesionales según el Acuerdo CNA 609-A/2021. Cotizamos según duración del contrato.

Determinados según el Acuerdo CNA 609-A/2021 del Colegio Nacional de Abogados. Le enviamos propuesta escrita con precio cerrado antes de iniciar el trámite.

Base legal

Notas de la Firma Ver comentarios según nuestra experiencia

El permiso bajo contrato con el gobierno es para personal

de empresas contratistas. En DTR Abogados lo tramitamos

para:

  1. Empresas constructoras — con contratos de obra

pública.

  1. Empresas de servicios técnicos — consultoras,

auditoras con contratos gubernamentales.

  1. Empresas de tecnología — proveedores de servicios

al Estado.

Casos donde esta vía NO es la correcta: si el

trabajador es funcionario directo del gobierno (no de

empresa contratista), debe usar el slug

residencia-contrato-gobierno.

Cuéntenos su caso

Le decimos qué necesita, cuánto tarda y cuánto cuesta antes de arrancar. Respuesta en menos de 24 horas hábiles.

Chat