Registro de buques

Hipoteca naval

La hipoteca naval es la garantía real sobre buques panameños. Se inscribe en la Sección de Naves del Registro Público. Panamá reconoce hipotecas navales extranjeras bajo reciprocidad.

Decreto principal Ley 55 de 6 de agosto de 2008 + Ley 57 de 2008 + Ley 32/1927 Sociedades Anónimas
Categoría comercial Marítimo — hipoteca naval
Plazo del trámite Según trámite específico — se estima en la propuesta escrita
Antes de continuar, tenga en cuenta:
  • La hipoteca naval panameña goza de reconocimiento internacional bajo Convenio Bruselas 1926.
  • El acreedor hipotecario puede ejecutar directamente en jurisdicción marítima panameña.
  • La inscripción tiene prelación registral desde la fecha de presentación.
  • Panamá tiene tribunales marítimos especializados con procedimientos ágiles.

Es para usted si...

  • Armador que solicita financiamiento con buque en garantía
  • Banco o entidad financiera con préstamo naviero
  • Sindicato de acreedores hipotecarios
  • Empresa naviera con refinanciamiento

Requisitos

  • Título de propiedad del buque
  • Escritura de constitución de hipoteca (notariada)
  • Contrato de préstamo
  • Autorización societaria del armador
  • Consentimiento de otros acreedores si aplica

Plazos

Trámite
Según trámite específico — se estima en la propuesta escrita

Costos y honorarios

Honorarios profesionales

Los honorarios se cotizan según complejidad del asunto marítimo (tonelaje, flota, financiamiento, número de tripulantes). Le enviamos propuesta escrita con precio cerrado antes de iniciar. Aplicamos el Acuerdo CNA 609-A/2021.

Determinados según el Acuerdo CNA 609-A/2021 del Colegio Nacional de Abogados. Le enviamos propuesta escrita con precio cerrado antes de iniciar el trámite.

Base legal

Notas de la Firma Ver comentarios según nuestra experiencia

La hipoteca naval panameña es la más reconocida internacionalmente para financiamiento marítimo. Su estructuración correcta es clave para la ejecución rápida en caso de impago.

Servicios DTR

Actuamos como agente naviero autorizado ante la Autoridad Marítima de Panamá, coordinamos con el Registro Público (Sección de Naves) y acompañamos en documentación internacional.

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