Abanderamiento de buques

Abanderamiento provisional y definitivo bajo bandera panameña

Panamá opera el registro abierto de buques más grande del mundo. El abanderamiento inicia con patente provisional (6 meses) que se convierte en definitiva cuando se completa la documentación. Beneficios fiscales y regulatorios competitivos.

Decreto principal Ley 57 de 6 de agosto de 2008 (Ley General de Marina Mercante) + Decreto Ley 7 de 1998 + resoluciones AMP
Categoría comercial Marítimo — abanderamiento de buques
Plazo del trámite Según trámite específico — se estima en la propuesta escrita
Antes de continuar, tenga en cuenta:
  • Panamá tiene el registro abierto más grande del mundo (más del 20% del tonelaje mundial).
  • La patente provisional se emite en 24-48 horas típicamente. La definitiva puede tomar 3-6 meses.
  • La bandera panameña requiere agente naviero autorizado (Ley 57/2008).

Es para usted si...

  • Armador extranjero que quiere registrar buque comercial bajo bandera panameña
  • Empresa naviera con flota internacional
  • Propietario de yacht o embarcación de recreo internacional
  • Compañía con proyecto de operación bajo bandera panameña

Requisitos

  • Título de propiedad del buque (bill of sale)
  • Certificado de tonelaje internacional (ITC 69)
  • Certificado de arqueo
  • Documentación del constructor si es nueva
  • Póliza de seguro P&I y H&M
  • Documentos societarios del armador
  • Poder especial al abogado panameño

Plazos

Trámite
Según trámite específico — se estima en la propuesta escrita

Costos y honorarios

Honorarios profesionales

Los honorarios se cotizan según complejidad del asunto marítimo (tonelaje, flota, financiamiento, número de tripulantes). Le enviamos propuesta escrita con precio cerrado antes de iniciar. Aplicamos el Acuerdo CNA 609-A/2021.

Determinados según el Acuerdo CNA 609-A/2021 del Colegio Nacional de Abogados. Le enviamos propuesta escrita con precio cerrado antes de iniciar el trámite.

Base legal

Notas de la Firma Ver comentarios según nuestra experiencia

El registro abierto panameño es competitivo por su costo, flexibilidad y neutralidad. Requiere designación de agente naviero autorizado por AMP y cumplimiento continuo de convenios OMI.

Servicios DTR

Actuamos como agente naviero autorizado ante la Autoridad Marítima de Panamá, coordinamos con el Registro Público (Sección de Naves) y acompañamos en documentación internacional.

Cuéntenos su caso

Le decimos qué necesita, cuánto tarda y cuánto cuesta antes de arrancar. Respuesta en menos de 24 horas hábiles.

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