Responsabilidad civil

Accidentes de tránsito

Los accidentes de tránsito generan responsabilidad civil extracontractual del conductor culpable frente a la víctima. Además del daño material del vehículo, se indemnizan lesiones físicas, incapacidad temporal o permanente, gastos médicos, lucro cesante durante convalecencia, daño moral y en caso de muerte: daños a los deudos. La póliza de seguro obligatorio cubre parte; el exceso se reclama al causante y/o su aseguradora.

Decreto principal Código Civil (Ley 2/1916), Arts. 1644-1660 + Ley 14 de 1993 (Registro Único Propiedad Vehicular y tránsito) + Ley del seguro obligatorio.
Categoría comercial Responsabilidad civil — Accidentes de tránsito
Plazo del trámite Ejecución extrajudicial con aseguradora: 30-90 días típicos. Proceso ordinario si hay conflicto: 12-24 meses. Prescripción: 1 año desde el accidente.
Antes de continuar, tenga en cuenta:
  • Prescripción de 1 AÑO desde el accidente (Art. 1706 CC) — actuar rápido.
  • Seguro obligatorio (SOAT-panameño equivalente): coberturas limitadas por víctima; el exceso se reclama al causante.
  • Alcoholemia positiva del conductor: agravante y usualmente exclusión de cobertura de seguro.
  • Responsabilidad solidaria del propietario del vehículo (aunque no conducía) en algunos casos.
  • Daño moral por lesiones o muerte: reconocido en jurisprudencia panameña.
  • Peatón atropellado: presunción de responsabilidad del conductor salvo prueba de culpa exclusiva de la víctima.

Es para usted si...

  • Víctima de accidente (daño material vehicular, lesiones).
  • Familiar de fallecido en accidente (daño moral y patrimonial).
  • Conductor demandado por accidente.
  • Propietario del vehículo (responsabilidad solidaria en algunos supuestos).

Requisitos

  • Informe policial del accidente.
  • Fotos del lugar y de los vehículos.
  • Boletas de tránsito, exámenes de alcoholemia.
  • Facturas médicas y de reparación.
  • Cédulas y datos de aseguradoras.
  • Testigos del accidente.

Plazos

Trámite
Ejecución extrajudicial con aseguradora: 30-90 días típicos. Proceso ordinario si hay conflicto: 12-24 meses. Prescripción: 1 año desde el accidente.

Costos y honorarios

Honorarios profesionales

Los honorarios se cotizan según daño. Consultar pacto de cuota litis según normas del CNA.

Determinados según el Acuerdo CNA 609-A/2021 del Colegio Nacional de Abogados. Le enviamos propuesta escrita con precio cerrado antes de iniciar el trámite.

Base legal

Notas de la Firma Ver comentarios según nuestra experiencia

Casos de tránsito requieren evidencia inmediata: fotos del lugar, testigos, informe policial. La aseguradora suele ofrecer arreglo rápido — evaluar si cubre el daño real o si conviene demandar. La prescripción de 1 año es la trampa más común.

Servicios DTR

Documentamos accidente, tramitamos con aseguradora, calculamos indemnización integral (material + moral + lucro cesante), llevamos proceso ordinario cuando el seguro insuficiente, y defendemos al conductor demandado.

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