Persona jurídica no comercial

Disolución y liquidación (civil)

La disolución termina la existencia de la persona jurídica y abre la fase de liquidación (pago de pasivos, cobro de activos, distribución del remanente). En asociaciones civiles, el patrimonio remanente NO se distribuye entre asociados sino que pasa a otra entidad similar según estatutos o al Estado. En fundaciones, se destina a un fin análogo. Causales: cumplimiento del fin, imposibilidad, decisión de asamblea, sanción MEF.

Decreto principal Ley 33 de 1984 + Código Civil Arts. 78-120 (extinción de personas jurídicas).
Categoría comercial Persona jurídica no comercial — Disolución y liquidación
Plazo del trámite Asamblea + protocolización 2-3 meses. Liquidación efectiva 3-12 meses según patrimonio. Cancelación de personería ante MEF: 2-6 meses.
Antes de continuar, tenga en cuenta:
  • El patrimonio remanente NO puede distribuirse entre asociados o fundadores — debe ir a entidad similar sin fines de lucro (según estatutos).
  • El liquidador responde por dolo y culpa grave frente a acreedores y beneficiarios.
  • Deudas pendientes: se pagan con prelación (laborales primero, luego generales).
  • DGI: liquidación de obligaciones fiscales antes de cancelación de personería.
  • Cancelación ante MEF: paso final para terminar la existencia jurídica.

Es para usted si...

  • Asociación que cumplió su fin y decide disolverse.
  • Entidad con actividad detenida más allá del plazo estatutario.
  • Fundación sin patrimonio suficiente para cumplir el fin.
  • Entidad sancionada por MEF con revocación de personería.

Requisitos

  • Estatutos vigentes.
  • Acta de asamblea con decisión de disolución.
  • Balance de liquidación con activos y pasivos.
  • Designación de liquidador(es).
  • Plan de destino del remanente conforme a estatutos.

Plazos

Trámite
Asamblea + protocolización 2-3 meses. Liquidación efectiva 3-12 meses según patrimonio. Cancelación de personería ante MEF: 2-6 meses.

Costos y honorarios

Honorarios profesionales

Los honorarios se cotizan según patrimonio y complejidad. Aplicamos el Acuerdo CNA 609-A/2021.

Determinados según el Acuerdo CNA 609-A/2021 del Colegio Nacional de Abogados. Le enviamos propuesta escrita con precio cerrado antes de iniciar el trámite.

Base legal

Notas de la Firma Ver comentarios según nuestra experiencia

La liquidación mal cerrada deja responsabilidad personal en liquidadores y directivos. El destino del remanente debe estar en los estatutos desde la constitución — cambiar el destino en la disolución puede requerir aprobación reforzada.

Servicios DTR

Preparamos actas de disolución, actuamos como liquidadores externos, saldamos pasivos, coordinamos destino del remanente, tramitamos paz y salvo DGI y cancelación ante MEF.

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