Resolución y rescisión contractual
La resolución termina el contrato bilateral por incumplimiento de una parte, con derecho a restitución y a daños (Art. 515 CC). La rescisión anula el contrato por vicios del consentimiento, lesión enorme o fraude (Arts. 1120+). Ambas requieren usualmente declaración judicial y generan restitución mutua de las prestaciones.
- Resolución: presupone contrato válido pero incumplido; da derecho a restitución + daños.
- Rescisión por lesión enorme en compraventa (Art. 1120 CC): perjuicio superior al 50% del valor real.
- Prescripción de rescisión: 4 años desde el conocimiento del vicio (Art. 1157 CC).
- Cláusula resolutoria tácita: aplica en contratos bilaterales aun sin pacto expreso.
- El Nuevo CPC exige MARC previo antes de sentencia — puede llevar a acuerdo antes del juicio.
- En contratos parcialmente ejecutados: la restitución puede requerir liquidación pericial.
Es para usted si...
- Parte cumplidora que quiere terminar contrato por incumplimiento de la otra.
- Parte perjudicada por lesión enorme (más del 50% en compraventa, Art. 1120 CC).
- Parte víctima de error, dolo, violencia o intimidación al contratar.
- Heredero forzoso lesionado por partición inequitativa.
Requisitos
- Contrato objeto de la acción.
- Prueba del incumplimiento o del vicio.
- Avalúos si hay lesión (rescisión por lesión enorme).
- Comunicaciones y requerimientos previos.
Plazos
- Trámite
- Proceso ordinario bajo CPC 402/2023: 8-18 meses con MARC previo obligatorio.
Costos y honorarios
Honorarios profesionales
Los honorarios se cotizan según valor y complejidad. Aplicamos el Acuerdo CNA 609-A/2021.
Determinados según el Acuerdo CNA 609-A/2021 del Colegio Nacional de Abogados. Le enviamos propuesta escrita con precio cerrado antes de iniciar el trámite.
Base legal
Decreto principal: Código Civil (Ley 2/1916), Arts. 511-530 (resolución) + Arts. 1120-1160 (rescisión y nulidad).
- Código Civil, Arts. 511-530 (resolución por incumplimiento; cláusula resolutoria tácita).
- Código Civil, Arts. 1120-1140 (rescisión por lesión; casos).
- Código Civil, Arts. 1141-1160 (nulidad absoluta y relativa).
- CPC Ley 402/2023 (proceso ordinario para resolución/rescisión).
Notas de la Firma Ver comentarios según nuestra experiencia
Resolución y rescisión son remedios finos que requieren estrategia: elegir la vía correcta según haya incumplimiento (resolución) o vicio del consentimiento (rescisión). El plazo de prescripción de 4 años en rescisión es la trampa más común.
Servicios DTR
Analizamos si procede resolución, rescisión o nulidad, redactamos demanda ordinaria, calculamos restituciones y daños, negociamos MARC previo y llevamos hasta segunda instancia.