Obligaciones y contratos (parte general)

Prescripción y caducidad civil

La prescripción extingue derechos o acciones por el transcurso del tiempo unido a la inactividad del titular. La caducidad opera automáticamente sin necesidad de alegación. En Panamá los plazos varían: acciones personales generalmente 7 años (Art. 1701 CC), reales 10 o 15 años según posesión, hipotecarias 20 años, laborales 1 año, mercantiles usualmente 5. La prescripción se interrumpe por reclamación judicial, reconocimiento del deudor o gestión válida.

Decreto principal Código Civil (Ley 2/1916), Arts. 1701 y siguientes (prescripción).
Categoría comercial Obligaciones y contratos — Prescripción y caducidad
Plazo del trámite La prescripción opera por el mero transcurso. Su alegación como excepción se hace en el proceso.
Antes de continuar, tenga en cuenta:
  • La prescripción NO se aplica de oficio por el juez — debe ser alegada por la parte interesada (excepción).
  • Interrupción: reclamación judicial, reclamación extrajudicial fehaciente, o reconocimiento del deudor reinician el cómputo.
  • Caducidad: opera automáticamente y no admite interrupción; extingue el derecho mismo (no solo la acción).
  • Suspensión: por casos taxativos (incapacidad, fuerza mayor, matrimonio en algunas acciones).
  • En laboral: 1 año desde el hecho generador (perentorio).
  • En materia migratoria y administrativa: caducidad de recursos es la regla — plazos muy cortos.

Es para usted si...

  • Deudor demandado por deuda antigua que puede oponer prescripción.
  • Acreedor que necesita interrumpir la prescripción antes de que corra el plazo.
  • Poseedor que quiere consolidar propiedad por usucapión.
  • Herederos que evalúan reclamaciones de terceros ya prescritas.

Requisitos

  • Documento de la obligación o acción a prescribir.
  • Cómputo detallado del plazo (fecha de inicio, actos interruptivos, suspensiones).
  • Prueba de inactividad del titular.

Plazos

Trámite
La prescripción opera por el mero transcurso. Su alegación como excepción se hace en el proceso.

Costos y honorarios

Honorarios profesionales

Los honorarios se cotizan según complejidad. Aplicamos el Acuerdo CNA 609-A/2021.

Determinados según el Acuerdo CNA 609-A/2021 del Colegio Nacional de Abogados. Le enviamos propuesta escrita con precio cerrado antes de iniciar el trámite.

Base legal

Notas de la Firma Ver comentarios según nuestra experiencia

La prescripción es la excepción más frecuente en cobros de deudas antiguas y la más ignorada por acreedores despistados. Un buen deudor con abogado siempre revisa fechas antes de pagar; un buen acreedor interrumpe con demanda dentro del plazo.

Servicios DTR

Calculamos plazos con interrupciones/suspensiones, oponemos la excepción de prescripción, gestionamos interrupciones válidas para preservar la acción, y llevamos usucapión de propiedad.

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