Permiso de emisiones atmosféricas
Toda fuente fija que emite contaminantes atmosféricos (calderas, hornos industriales, generadores diésel, plantas cementeras, refinerías) requiere permiso de emisiones bajo la Ley 41/1998 y normativa técnica de MiAmbiente sobre calidad del aire. Incluye: caracterización de fuentes, plan de monitoreo continuo, límites de emisión por parámetro (SOx, NOx, CO, PM, VOC), reportes periódicos y planes de contingencia.
- Sin permiso: sanción MiAmbiente + orden de suspensión.
- Excedencia de límites: reporte obligatorio + medidas correctivas + sanción.
- Monitoreo continuo: obligatorio en fuentes mayores.
Es para usted si...
- Industria con calderas, hornos, generadores.
- Planta cementera, refinería, fundición.
- Empresa con generación eléctrica a diésel.
- Sector agroindustrial con procesos emisores.
Requisitos
- Caracterización técnica de fuentes fijas.
- Plan de monitoreo continuo o periódico según fuente.
- Cálculo de emisiones estimadas.
- Sistema de control de emisiones.
Plazos
- Trámite
- 3-9 meses según complejidad.
Costos y honorarios
Honorarios profesionales
Cotización según fuentes. Aplicamos el Acuerdo CNA 609-A/2021.
Determinados según el Acuerdo CNA 609-A/2021 del Colegio Nacional de Abogados. Le enviamos propuesta escrita con precio cerrado antes de iniciar el trámite.
Base legal
Decreto principal: Ley 41 de 1998 + Normas técnicas MiAmbiente sobre calidad del aire y emisiones.
- Ley 41 de 1998 — Ley General de Ambiente.
- Normas técnicas MiAmbiente sobre emisiones atmosféricas.
- Reglamentos técnicos sectoriales.
Notas de la Firma Ver comentarios según nuestra experiencia
Empresas con generación auxiliar diésel muchas veces olvidan el permiso — al momento de fiscalización o venta de la empresa (due diligence), se convierte en pasivo ambiental.
Servicios DTR
Coordinamos caracterización técnica, tramitamos permiso, gestionamos monitoreos y reportes, y defendemos en excedencias y sanciones.